DESCRIPCIÓN
<p>Semipiso actualizado en excelente ubicación</p><p>Dos dormitorios con placard, escritorio y dependencia de servicio completa </p><p>Amplio living comedor en "L" , cocina comedor y lavadero independiente .</p><p>Doble entrada </p><p>Excelente ubicación : Próximo estación BELGRANO R</p><p>Balcón a contrafrente abierto y muy luminoso y con vista abierta a jardines </p><p> Apto profesional.</p><p>Seguridad 24hs<br><span style="font-size: 14px;">Impuestos , servicios y expensas ordinarias a cargo del inquilino. <br><br></span></p><p><span style="font-weight: bold;">Actualización cuatrimestral por ICL<br>Contrato a 24 MESES<br><br></span></p><p><span style="font-weight: bold;">REQUISITOS:</span></p><p><span style="font-weight: bold;">- Garantía Propietaria CABA ó Seguro de caución FINAER.
</span></p><p><span style="font-weight: bold;">- Demostración de Ingresos (recordá que deben triplicar el valor del alquiler)
</span></p><p><br></p><p>VREMONT Daniel Amado -Mat. 367<br></p><p>Ley 5115: EXCEPTO que en la descripción de la propiedad se indique lo contrario, el edificio puede no contar con rampa para personas con movilidad reducida, y no ser Accesible para personas con discapacidades físicas.-<br></p><p>"Se deja constancia que las medidas y superficies indicadas en el presente son aproximadas y sujetas a verificación, variación y/o ajuste. El monto de expensas fue proporcionado por el propietario al momento de autorizar la venta y las mismas pueden haber sufrido modificaciones a la fecha.".<br></p><p>Ley 5859 Art. 4 - CABA<br></p><p>Incorpórase como inciso 8 del artículo 10 de la Ley 2340 (texto consolidado según Ley N° 5666) el siguiente texto:<br></p><p>Hacer constar en todo ofrecimiento publicitario de locación de inmuebles con destino habitacional que se emita vía páginas web, propias o de terceros, la siguiente leyenda:<br></p><p>“Para los casos de alquiler de vivienda, el monto máximo de comisión que se le puede requerir a los propietarios será el equivalente al cuatro con quince centésimos por ciento (4,15%) del valor total del respectivo contrato. Se encuentra prohibido cobrar a los inquilinos que sean personas físicas comisiones inmobiliarias y gastos de gestoría de informes<br></p><p><br></p><p><br></p><p><br></p><p><br></p><p><br></p><p><br></p><p><br></p><p><br></p><p><br></p><br>